Ley de Armonización de Potestades traerá cambios en los impuestos

Tras la firma del decreto el pasado 10 de agosto, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.755 la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipio, la cual trae cambios importantes en las alícuotas de distintos impuestos y en la manera en que se debe cumplir con ello.

La Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipio,  trae cambios importantes
La Ley de Armonización Tributaria ya entró en vigencia

Este instrumento jurídico aprobado por la Asamblea Nacional, establece que una vez vigente, las entidades deberán identificar y disponer la supresión de requisitos y permisos que limiten, dificulten o tengan por efecto obstaculizar el ejercicio y normal desarrollo de la actividad económica y la iniciativa productiva.

Asimismo, precisa que la alícuota del impuesto municipal de la actividad económica de industria, comercio, servicios o de índole similar no podrá exceder el 3% de los ingresos brutos obtenidos del ejercicio.

La ordenanza dispone que las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas, industriales, comerciales, servicios y de índole similar, contarán con una vigencia mínima de 3 años.

También establece que los estados y municipios deberán abstenerse de gravar los bienes procedentes de otros estados o municipios de forma distinta a los producidos dentro de su jurisdicción. Por lo tanto, no podrán establecerse tratamientos discriminatorios a los sujetos que ejerzan actividades económicas de manera ambulante, temporal o eventual.

FINALIDAD DE LA LEY

En su artículo número 2, se detalla que la Ley tiene como finalidad:

Promover el desarrollo armónico de la economía nacional, con miras a elevar la calidad de vida de la población, generar fuentes de trabajo, crear alto valor agregado nacional y fortalecer la soberanía económica.

Favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios estadales y municipales, reducir la evasión y elusión fiscal.

Procurar la justa distribución de las cargas públicas, según la capacidad económica de la persona contribuyente.

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Generar certeza y seguridad jurídica sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales aplicables en el territorio nacional.

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HERNÁN GONZÁLEZ | elsiglo

MV