Sentenciaron a 21 años de cárcel al «Monstruo de San Agustín»

El Tribunal 2° de Juicio del estado Aragua dictó sentencia a Gregori Hernán Capote Minseros, de 50 años de edad, por el femicidio de su pareja, ocurrido el 15 de junio del 2022 en el sector San Agustín, en Maracay.

El Tribunal 2° de Juicio del estado Aragua dictó sentencia a Gregori Hernán Capote Minseros, de 50 años de edad, por el femicidio de su pareja, ocurrido el 15 de junio del 2022 en el sector San Agustín, en Maracay.
Gregori Hernán Capote Minseros, recibió condena por femicidio agravado

Jenniffer Ercelin Cabeza Rojas (48) resulta herida mortalmente por el sujeto, quien le disparó con un arma no industrializada (chopo).

Las pruebas presentadas por el Ministerio Público, a través de la Fiscalía 24, fueron contundentes ante la defensa del imputado.

EL MONSTRUO DE SAN AGUSTÍN

El hombre, que por el hecho es llamado el «Monstruo de San Agustín», durante el juicio, admitió su responsabilidad; es imputado por femicidio agravado y posesión ilícita de arma de fuego, previstos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.

Capote Minseros asesinó a su mujer, dentro de su vivienda, que de acuerdo a las investigaciones de la policía científica, ocurrió a las 2:30 de la madrugada de la mencionada fecha.

Jenniffer Ercelin, que formaba parte de la Milicia Bolivariana en el estado Aragua, había decidido terminar la relación sentimental con Gregori Hernán, por lo que fue en la noche del 14 a conversar con él y llevarse algunas pertenencias. Al parecer, el sujeto la celaba recurrentemente, convirtiéndose en un problema para la mujer.

ACALORADA DISCUSIÓN

En medio del encuentro, el ciudadano convenció a la fémina que se quedara y ella accedió. Pasada la media noche, nuevamente se tocó el tema, lo que provocó una airada reacción del individuo y desde ese momento una acalorada discusión.

Después de dos horas aproximadamente en un ambiente hostil, Capote Minseros buscó un chopo de su propiedad y buscó a su víctima, a quien le disparó a la altura del pecho; ella murió en el acto.

El victimario, pese a su estado sicótico -según expertos- levantó el cadáver y lo trasladó a un centro médico cercano al lugar donde ocurrió el hecho. Al llegar declaró, ante médicos y personal de enfermería, que un desconocido había ingresado a la vivienda para robar y «le disparó a ella, prácticamente a quemarropa».

El suceso se notifica a las autoridades policiales, por lo que una comisión del Cicpc abrió las averiguaciones del caso.

VARIAS INCONGRUENCIAS

La pericia de los detectives detectó varias incongruencias en el testimonio de la «pareja» de la víctima y luego de diversas actuaciones, lograron descubrir que lo mencionado sobre el robo era falso; el chopo lo ocultó en un terreno cercano a la residencia.

Inmediatamente se practicó la aprehensión del individuo, quedando bajo las órdenes del Ministerio Público y recluido en la sede del Cicpc mientras se realizaba el juicio.

Cabe destacar, que el Tribunal que dictó sentencia, ordenó la indemnización a los familiares directos de la víctima, por un monto de 2.000 veces el valor de la tasa de cambio de la moneda extranjera de mayor valor al día y la inhabilitación política durante el tiempo de condena.

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Por el momento, no se ha confirmado la información, si el ciudadano sentenciado será trasladado al Centro Penitenciario de Aragua, ubicado en Tocorón o enviado a otro recinto carcelario del país.

HBRI. | elsiglo

FG