Ley de Extinción de Dominio busca redistribuir bienes incautados por corrupción


Según los expertos en asuntos inmobiliarios y patrimoniales, la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, aprobada el pasado mes de abril por el Ejecutivo Nacional y publicada en Gaceta Oficial, busca reincorporar al Estado venezolano, los bienes patrimoniales de personas naturales o jurídicas que hayan incurrido a los delitos de corrupción que afecte directamente a la nación.

Así lo explicó el abogado Juan Bautista Zapata, experto en leyes inmobiliarias y en asuntos legales civiles, quien argumentó que lo más novedoso de este marco jurídico, es que cubre un vacío para quienes cometen este tipo de crímenes.

“Hasta ahora existía un vacío en relación a que son delitos de corrupción, delitos contra el terrorismo, o delitos contra el narcotráfico; no existía una ley que estableciera sanciones de tipo penal, civil o patrimonial”, explicó.

El abogado relató que el Código Penal condena a las personas involucradas en caso de corrupción, pero los bienes confiscados cuando el imputado ya se declaró culpable, prácticamente en el limbo jurídico.

“Un funcionario público que se enriquece tiene una sanción penal, cómo resarce al Estado el enriquecimiento ilícito, eso no existía hasta la fecha. Cómo el Fisco Nacional lo redirecciona, o como reinsertaba esos bienes a algo positivo para la nación, existía un vacío legal en ese aspecto”, explicó.

CRIMEN INTERNACIONAL

Por otra parte, el jurista vio oportuno la aplicación de esta ley, aunque comentó que éste se apegó más a unas exigencias internacionales para combatir el crimen organizado a escala mundial, que es lo que ha ocurrido en las últimas semanas en nuestro país.

“Las mafias internacionales movían capitales y se movían por los diversos países con sus hechos delictivos y criminales, y no había una manera de sancionarlos. Entonces todos los parlamentos de Latinoamérica (Parlatino) se pusieron de acuerdo en establecer sanciones de tipo común contra el crimen organizado, o contra esas bandas internacionales del delito, para evitar que siguieran moviendo capitales y sus actos delictivos por todas las naciones”, afirmó.

Detiene operatividad de organizaciones criminales

Explico que la captura de un delincuente que opera a escala internacional es compleja, y por eso los Parlamentos de todos los países de América Latina idearon una ley de reservas de dominio, que busca detener en seco la operatividad de las organizaciones criminales.

“Si es factible que en cada país le aplicaran sanciones a su patrimonio, y le aplicaran sanciones a acciones civiles, a los bienes, con que se movilizan de un lugar a otro. Entonces es una manera de todas las naciones para poder combatir esas bandas organizadas de tipo internacional, que se mueven impunemente, porque no existía una legislación que le prohibiera tener un jet privado, helicópteros, lanchas rápidas, o esos vehículos que les permitía un fácil escape”, argumentó.

Sin embargo, el abogado Zapata, comentó que Venezuela es uno de los pocos países que no había aprobado una ley de este tipo, y usando la aplicación del Derecho Comparado, asumió lo acordado por instancias internacionales para así promulgar la Ley de Extinción de Dominios.

SU APLICACIÓN

El abogado Juan Bautista Zapata comentó que actualmente la ley aplica únicamente por los tribunales de control especializados en temas patrimoniales y civiles, se encargan, al aceptar el caso, son garantes de que los derechos constitucionales de los acusados e imputados se cumplan.

“Se contruirán en el futuro los tribunales para esa ley especial, pero existe a su vez entre sus normas, de que esa disposición se transfiere momentáneamente, y dichas funciones las asumen los Juzgados de Control”, agregó.

No se aplica por algún ente del estado

Sin embargo, Zapata comentó que otro aspecto de la ley es que no se aplica unilateralmente por algún ente del Estado. “No es el Ejecutivo quien confisca, eso es falso, es el Poder Ciudadano conjuntamente con el Judicial”, añadió.

En este sentido, el abogado agregó que esto puede operar siempre y cuando sea el caso, un fiscal del Ministerio Público, conjuntamente con los organismos de seguridad del Estado, competentes a los casos de corrupción, quienes investiguen, procesen y presenten las pruebas a los tribunales.

“El Juez de Control controla las garantías del respeto y derechos civiles, administrativos de los ciudadanos. Sin la autorización del mismo no procede ni comienza a operar la ley”, aclaró.

BENEFICIOS


Asimismo, el abogado Zapata destacó que esta ley puede traer más confianza a inversionistas extranjeros y nacionales, ya que como se trata de una ley que combate el crimen organizado a escalas internacionales, este puede dar tranquilidad en transacciones financieras como de criptomonedas.

“Le hacía falta una legislación que le pudiera garantizar a nacionales y extranjeros, una protección a su patrimonio, en caso de defraudaciones de esa naturaleza, porque en ese caso, un nacional o un extranjero invierte sus ahorros”, acotó.

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Finalizó diciendo que espera que este marco jurídico sea garante de que estabilice la economía del país, y minimice los casos de corrupción. “El que invierte sus ahorros personales sabe que existe un estado garante y protector de sus bienes”, concluyó.

LINO HIDALGO | elsiglo