CNE garantiza condiciones de género en parlamentarias del 6D

El Consejo Nacional Electoral (CNE) garantizará las condiciones de alternabilidad de género en las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de este año, informó la presidenta del ente comicial, Indira Alfonzo Izaguirre

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Foto: Archivo

Mujeres pertenecientes a 23 organizaciones políticas participaron en una videoconferencia con las autoridades del CNE para abordar los mecanismos de participación de las mujeres en estos comicios.

La presidenta del CNE explicó que en este proceso se aplicará el mismo mecanismo adoptado hace 5 años, es decir, “exigir postulación de candidaturas en una fórmula de 50 % por cada sexo y, en caso de no ser posible, se aplicará una franja que tendrá como mínimo el 40 % y como máximo 60 % por cada sexo”.

Dicha propuesta contó con el respaldo de la mayoría de las agrupaciones políticas, y la rectora del órgano electoral consideró que de esta manera “se pueden obtener los resultados esperados para ofrecer a los electores y electoras la posibilidad de escoger en iguales condiciones entre las mujeres y los hombres”.

El primer punto tratado en el encuentro fue la participación de las mujeres desde un enfoque de derechos y dentro de un modelo de democracia participativa y protagónica, sobre lo cual la máxima autoridad comicial recordó que “el año 1999 significó una conquista para los derechos políticos de las mujeres”.

Asimismo, la rectora del CNE señaló que “la participación de las mujeres en los procesos democráticos en Venezuela va más allá de ejercer el voto libremente y de participar como candidatas a cargos de elección popular en igualdad de condiciones”.

Otro de los aspectos abordados en la videoconferencia fue la evolución de la Normativa sobre Condiciones de Paridad de Género en los Procesos Electorales en Venezuela, teniendo como punto de partida instrumentos como la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de 1998, que estableció un 30 % de una cuota femenina en las postulaciones que debían realizar los partidos políticos, disposición que fue aplicada a los procesos de elección de la Asamblea Nacional de los años 2000 y 2005.

Alfonzo refirió que con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en el año 2009 se estableció en el artículo 3 el principio de igualdad, y posteriormente el Reglamento General de la Ley del año 2010, estableció en su artículo 45: “Las organizaciones postulantes procurarán una composición paritaria y alterna, de cincuenta por ciento (50 %) para cada sexo”, norma que se aplicó para la elección de la Asamblea Nacional del año 2010, a discreción de las organizaciones con fines políticos.

AVN