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Cuba publica decreto con modificaciones en busca de estimular la inversión extranjera

El Gobierno de Cuba publicó este jueves un decreto del Consejo de Ministros que modifica el reglamento de la Ley de la Inversión Extranjera de 2014 en busca de «dinamizar los procesos de evaluación, aprobación y operación de las modalidades de inversión extranjera».

Cuba publica decreto con modificaciones en busca de estimular la inversión extranjera

El documento (decreto 153/2026) publicado en la Gaceta Oficial de la República modifica el procedimiento para la presentación de oportunidades de inversión extranjera y actualiza las normas para la promoción de la inversión extranjera.

También establece nuevos requisitos para la presentación de propuestas de negocios con inversión extranjera, regula los convenios de asociación para la creación de empresas mixtas, y establece plazos para la evaluación y aprobación de las solicitudes de inversión extranjera.

La norma, firmada por el primer ministro Manuel Marrero, elimina algunos trámites intermedios al derogar artículos que regulaban pasos adicionales de consulta y documentación.

Establece que las solicitudes admitidas por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex) se remiten en consulta a la Comisión de Evaluación de Negocios con Inversión Extranjera, las que evalúan en un plazo de siete días hábiles.

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En el caso de que la Comisión pida adecuaciones, los solicitantes tendrán siete días naturales para incorporarlas y presentar la propuesta modificada.

Las solicitudes están sujetas a la aprobación del Consejo de Estado, se presentan por el Mincex, a través del Consejo de Ministros, y la decisión denegando o autorizando las solicitudes se dictan dentro de un plazo de 60 días naturales.

Otras decisiones como las de aumento o disminución de capital sin cambio en la participación accionaria se determinan en quince días hábiles y el fondo de estimulación se aprueba o deniega en siete días hábiles.

Las propuestas de los interesados en establecer negocios deben incluir una solicitud de aprobación con aval del plan de negocios, estatutos sociales, plan de negocios, propuesta de directivos cubanos para los órganos de dirección, nomenclatura de productos de importación y exportación, y otro documento que requiera el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

Los planes de negocios de los inversionistas extranjeros deben incluir entre otros documentos certificación del registro mercantil de su país de origen con no más de un año de emisión, avales bancarios vigentes, estados financieros del último ejercicio contable certificados por una entidad independiente; carta de patrocinio de la casa matriz si se trata de una filial o subsidiaria, y poderes de representación legalizados.

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En el caso de los inversionistas nacionales se exige un certificado del órgano de dirección o de gobierno del inversionista, una certificación que acredite la inscripción relativa a su constitución y su objeto social, así como estados financieros del último ejercicio contable.

El Decreto 153 contempla la tercera modificación del reglamento desde su aprobación en 2014, tras los de 2018 y 2019, y se relaciona con el reciente paquete de reformas económicas y sociales que reúnen 176 medidas con el fin de liberalizar y descentralizar la economía cubana.

Cuba padece un profunda crisis económica y social desde hace seis años, que se ha agravado progresivamente desde enero último con el bloqueo petrolero aplicado por EE.UU. -calificado por la ONU como contrario al derecho internacional- al que Washington ha sumado una serie de sanciones que han reforzado sus presiones sobre la isla.

La economía estatal está casi en su totalidad paralizada y se estima que se va a contraer al menos un 6,5 % este ejercicio, a lo que habría que sumar una caída acumulada de más del 15 % entre 2020 y 2025.

EFE

MG