Registro de la firma personal

Paso 1: Registrarte en Trámite en Línea del Saren

El primer paso que debes hacer para constituir cualquier emprendimiento, es tener un usuario de Trámites en Línea de la página del Servicio Autónomo de Registros y Notarías, y se crea con dos pasos.

Primero, ingresas a la página web del Saren, le das click a la parte donde dice aplicaciones y luego en Trámites en Línea.

Allí te aparecerá que ingreses usuario y una clave, si no la tienes, deberás darle click en la parte donde dice “Registrar”, y sigues los pasos que te piden allí. Para ello solamente necesitas un correo electrónico y llenar los campos que te solicitan.

Paso 2: Verificación de la Disponibilidad del Nombre

Luego de hacer eso, hacer el paso 1, ingresa con tu clave y usuario a Trámites en Línea. Al iniciar la sesión te aparecerá un renglón donde dice Registro Mercantil. Seguidamente te aparecerán tres opciones, le das a “Solicitud de Denominación Mercantil para Constitución de Empresas”.

Seguidamente te vas a dirigir en la parte que dice ¿Qué tipo de Constitución de Empresa va a realizar?, allí aparecerán dos opciones, Pyme (Pequeña y Mediana Empresas) y Ordinarias. Le das a la segunda opción.

Seguidamente le vas a rellenar el campo donde dice Nombre de la Denominación Mercantil a Solicitar, allí te va a solicitar que ingreses tu firma personal para que la página verifique si está registrado dicho nombre. Si te sale en rojo es porque no está disponible, y si está en verde es porque si está aprobado.

Gracias a la evolución de la plataforma digital de este ente, ahora lo puedes hacer por esta vía online, facilitando cambiar de nombre y corregir los documentos.

Paso 3: Acta Constitutiva de la Firma Personal

Previo a formalizar la firma personal por la página del Saren, deberás tener en mano los otros documentos que se solicitaron previamente.

El primero de ellos a explicar será el Acta Constitutiva de la Firma Personal, que deberá ser redactado y revisado por un abogado especialista en esta rama del Derecho.

Cuando ya poseas el documento, debidamente visado por un abogado, tendrás que entregarlo en el Registro junto con los requisitos mencionados anteriormente.

Hecho esto, sólo tienes que esperar a que el Registro compruebe que tanto la redacción del documento constitutivo como los requisitos entregados cumplan con las exigencias legales requeridas para tal fin.

Solamente vas a esperar que la solicitud sea aprobada y el documento se llevará a modo de aprobación.

Paso 4: Pago de Aranceles

Al tener el acta de constitución de tu firma personal con el sello de visto bueno del Registro, tendrás que pagar el monto correspondiente por concepto de aranceles y timbres fiscales de la entidad donde te encuentres.

Si se encuentra un error, el Saren dará un lapso de tiempo para que modifiques el error y vuelvas a introducir el documento con las correcciones realizadas.

De acuerdo a la Ley de Registro y Notaría, el costo por la inscripción de una firma personal se encuentra anclado al petro. La inscripción tiene un costo de 0.10 petros y se debe pagar 0,20 petros por cada folio adicional.

Estos pasos también aplican con la carta del comisario, donde deberá estar reflejado el capital mínimo que dispones para constituir la Firma Personal.

Paso 5: Formalizar la constitución de la Firma Personal

Tras reservar el nombre o la constitución de la empresa, vas a formalizar  qué tipo de actividad vas a hacer, el capital que dispones, la Actividad Económica y sus respectivas divisiones.

Tienes que estar claro que antes de hacer este paso debes tener el Acta Constitutiva de la Firma, que debe ser realizada por el abogado, el capital que dispones y la copia de tu cédula, todo eso será anexado atrás de un archivo PDF donde estará escaneado lo antes mencionado.

Seguidamente ingresas los datos del accionista, el gestor y el abogado que realizó el acta constitutiva.

Concluido eso, te emitirá una planilla bancaria con el monto aproximado de 254 bolívares, o lo que equivale a 1 petro y tendrás que esperar que te den el visto bueno en un lapso entre 2 a 30 días.

Paso 6: Esperar que te llamen para firmar el Documento Constitutivo

Tras tener la planilla en mano, deberás esperar el lapso establecido por el Saren donde te llamarán para consignar los documentos que faltan, como la planilla bancaria, entre otros requisitos, y para que vayas a la oficina seleccionada y firmar el documento constitutivo.

Paso 7: Publicación en el periódico

Al tener constituida tu firma, deberás publicar una copia del documento para que sea publicada en un medio impreso local, según lo establecido por el Código de Comercio.

Paso 8: RIF

Tras concluir estos pasos, deberás registrar tu Firma Personal ante el Seniat, haciéndolo en dos trámites: Registrarte por el portal web, y luego llevar los documentos a la sede más cercana.

Allí deberás entregar:

*  Documento original de la constitución de la Firma Personal.

* Original y copia de la cédula de identidad del titular de la firma.

* Planilla impresa de inscripción del RIF.

* Original y copia de algún recibo de servicio público en el que se especifique la dirección de tu domicilio fiscal. (Recibo de agua, luz, teléfono, contrato de alquiler, entre otros).

* Publicación del periódico.

Paso 9: Sellado de libros contables

El paso final es solicitar ante el Registro Mercantil que sellen los cuatro libros contables (libro diario, libro Mayor, libro de inventarios y libro de ventas), que deberán tener escrito tu Firma Personal.

Este es con el propósito de iniciar legalmente tus actividades comerciales y poder gozar de los beneficios que te brinda poseer dicho documento jurídico.

Es importante destacar que estos son los pasos que deberás hacer para constituir una Compañía Anónima o Sociedad Anónima; la única diferencia es que sólo se ampliará el número de accionistas y requisitos.

Para finalizar, es importante que tomes en cuenta que si vas a registrar tu firma personal o tu empresa a través de las figuras jurídicas correspondientes, debes estar 100% seguro de lo que deseas, sobre todo teniendo claro el tipo de emprendimiento a registrar.

LINO HIDALGO | elsiglo
fotos | JOEL ZAPATA