“El ciclismo urbano no es una moda es un estilo de vida con rango de ley”

El pasado 11 de noviembre del año 2020, los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron la Ley para la Promoción del Ciclismo Urbano, la cual tiene como por objeto promover, incentivar, proteger y regular el ciclismo urbano en todo el territorio nacional como actividad física, tal como lo indica su primer artículo.

ciclismo
El diputado José Gregorio Colmenares estuvo en una transmisión en vivo de nuestra cuenta @elsiglocomv


En este sentido, José Gregorio Colmenares, diputado de la Asamblea Nacional, quien es uno de los promotores de la norma legal, manifestó que la Ley para la Promoción del Ciclismo Urbano nació del seno de los ciclistas urbanos y los movimientos ecologistas de Venezuela para promover el libre tránsito, la salud, el deporte, la recreación y la vida activa de las personas, en armonía con el ambiente y el desarrollo sustentable.


“Tuvimos nosotros la bendición de contar con la aprobación por unanimidad de todo el Parlamento nacional, un proyecto que ya hoy en día se ha materializado en nuestro país, donde además tuvimos una consulta pública en 15 estados, donde participaron ciclistas de cada uno de los ámbitos, urbanos, deportes, trabajadores, delivery, entre otros”.


El parlamentario indicó que cada día son más los hombres y mujeres que han visto en la bicicleta una herramienta para el ejercicio de la actividad física, deporte y recreación, “también han visto la bicicleta como un medio de transporte, por ello nosotros en la consulta pública nacional recibimos un poco más de 500 proposiciones, quienes dieron cada uno de sus aportes”.


Colmenares indicó que estas propuestas se convirtieron en 14 artículos, “tenemos un proyecto de ley sancionado y publicado en Gaceta Oficial, “tenemos una ruta totalmente completa en todo el país para difundir y divulgar dicha ley, sus artículos, objetivos, alcance, entre otros”.


Asimismo, el diputado recalcó que la ley fue recibida de forma satisfactoria por los ciudadanos, “la sociedad venezolana la ha recibido de buena manera, esto también por lo que en la actualidad representa el ciclismo para nuestro país”.

CONCIENCIAR A LOS CIUDADANOS Y CICLISTAS


El diputado José Gregorio Colmenares manifestó que luego de que la Ley para la Promoción del Ciclismo Urbano fuera aprobada y sancionada, ahora los parlamentarios realizarán una gira por todo el país, para que todos los ciudadanos conozcan sobre la misma.
“Visitaremos cada uno de los 23 estados de Venezuela, llevando los 14 artículos de nuestra ley, para que los ciudadanos conozcan el objetivo y alcance de este proyecto de ley, pero sobre todo de concienciar nuestra sociedad”, señaló Colmenares.


De igual forma, recalcó que comprendiendo el tema del respeto al ciclista no se resuelve únicamente con la modificación de la infraestructura vial, “sino que también necesitamos concienciar a nuestros ciudadanos, los conductores, incluso a nuestros ciclistas para que tengan una mejor conducta y sean respetados en cada uno de sus territorios”.

El parlamentario estuvo de visita en el edificio azul


Manifestó que el peatón también juega un papel fundamental en lo relacionado con la seguridad vial, “también se debe hacer un trabajo con los gobernantes, gobernadores, alcaldes y alcaldesas, que también juegan un rol estelar en esta ley y nuevo estilo de vida, que es el ciclismo urbano, ellos como ejecutivos son los que tienen que impulsar el cumplimiento de dicha ley y también contribuir con la modificación de la estructura vial”.

CICLOVÍA


El parlamentario José Gregorio Colmenares indicó que las ciclovías se encuentran establecidas en la Ley para la Promoción del Ciclismo Urbano, específicamente en el numeral 4 del artículo 3, donde señala que las mismas son espacios reservados exclusivamente para el tránsito seguro de las bicicletas, que corren paralelas al lado derecho a las calles y carreteras de las ciudades, poblaciones y asentamientos.
“Puntualmente desde el estado Aragua, donde nace la ley, hemos diseñado en 6 municipios una ciclovía con interconexión de los mismos, los cuales son Mario Briceño Iragorry, Girardot, Santiago Mariño, Antonio José de Sucre, José Ángel Lamas y José Félix Ribas”.


Colmenares señaló que además varios alcaldes de otros estados han mostrado la voluntad de modificar la infraestructura vial, “ellos están entendiendo y comprendiendo la importancia de lo que son las ciclovías en los estados, en el mundo las ciclovías tienen un rol estelar, tienen un diseño cotidiano que no es más de 1.50 metros de distancia del brocal derecho de cada una de las vías”.


Asimismo, informó que en Aragua han impulsado una ruta que se dará inicio en los próximos días, esto con la finalidad de visitar las 18 alcaldías del estado para incentivar a cada uno de los mandatarios de acelerar lo relacionado con la modificación de la infraestructura vial.
“Esta es una ley que tiene alcance nacional y nosotros vamos a extender esta iniciativa de visitar alcaldías en todo el país, nosotros como ciclistas urbanos reconocidos como un gremio que cada día va en creciente, ya que son muchos los hombres y mujeres que posterior a esta ley han optado por usar la bicicleta como un medio de transporte, la idiosincrasia de nuestro país nos manifiesta que la ya la bicicleta tiene un rol estelar en la sociedad”.


El parlamentario, recalcó que además están implementando un plan de formación académica, “el subsistema de educación básica y universitaria, allí implementaremos planes nacionales para que nuestros jóvenes tengan conciencia de la importancia de la bicicleta para nuestra sociedad, tanto como medio de transporte como un instrumento para la actividad física, deporte y recreación”.

CICLISTAS A NIVEL NACIONAL


José Gregorio Colmenares, diputado de la Asamblea Nacional, informó además que durante las reuniones que se llevaron a cabo en todo el país, para dar conocimiento sobre la ley, esto les permitió tener un censo de la cantidad de organizaciones ciclistas que existen en Venezuela.


“Aragua cuenta con un poco más de 20 organizaciones de ciclistas, cada uno de ellos tiene entre 80 y 150 ciclistas, es más uno tiene hasta 300 ciclistas, nosotros hemos emprendido la sinceración de cada uno de ellos a través de un censo que estaremos desarrollando”.


Destacó que este censo se realiza con la finalidad de conocer cuántas organizaciones existen, y cuántos ciclistas la conforman, sino también para conocer cuántos ciclistas de manera individual existen en el país, “esto de manera tal de que todas las políticas que vayamos a emprender en concordancia con la voluntad política que pueda tener el Ejecutivo nacional, regional y municipal, podamos tener caracterizado quienes son los hombres y mujeres que andan en bicicleta previamente registrado”.


Colmenares recalcó que esto no limita a quienes quieran de manera voluntaria utilizar la bicicleta como un medio de transporte o como actividad física y recreación, “estamos buscando la sinceración de tener un registro nacional de cuántos ciclistas tenemos en Venezuela, esto de manera tal de que podamos tener un gremio fundamentado en la conciencia básica del ciclismo urbano y así también hablarle a las autoridades con datos reales y científicos”.


En este sentido, el parlamentario señaló que esto también les permitirá que cuando se efectúen hechos lamentables o siniestros, ellos posean la información completa, “así sepamos quién es el ciclista, de qué estado es y a qué organización pertenece, además de tener la dirección de tal manera que podamos ubicar a sus familiares, tal como una familia ciclista que somos”.

CICLISTAS CON DEBERES Y DERECHOS


En cuanto a los detalles de la ley, el diputado José Gregorio Colmenares, precisó que la misma contempla deberes y derechos de los ciclistas, por lo que han emprendido una jornada de concienciación real, que es un poco más de los conductores y peatones, sino también de los ciclistas.


“Asumimos con mucha responsabilidad, pero a su vez es una tarea que nosotros tenemos que nuestros ciclistas pregonen con el ejemplo, estos siniestros que hemos evidenciado en los últimos días en Aragua, en la Avenida Universidad de El Limón vimos cómo fue atropellado un ciclista, pero se han recibido las manifestaciones de los vecinos, quienes indicaron que el ciclista venía por la vía rápida, la cual no es la vía tradicional para el uso y manejo de la bicicleta”.


Colmenares precisó que tienen conciencia plena de que la ley manifiesta que el ciclista tiene el derecho al libre tránsito, derecho a la vida, deporte y recreación, como bien es derecho fundamental de la Carta Magna, pero recalcó que ellos están procurando que se preserve la vida de los ciclistas.

Colmenares abordó su agenda parlamentaria


“En la avenida Universidad pudimos acercarnos minutos después del siniestro y evidenciamos como estaba lesionado el ciclista, y como familia ciclista le brindamos el apoyo, pero le hemos exigido a la Secretaría de Seguridad Ciudadana y a la gobernadora Karina Carpio, quien ha demostrado su voluntad política, de que nosotros hagamos una mesa de trabajo con los organismos de seguridad para que estos hechos no sigan pasando”.


Destacó que aunque la ley no tiene sanciones por este tipo de hecho, se vincula con la Ley de Convivencia que tiene el estado Aragua, así como las leyes reales de la Constitución de Venezuela, “esto es para que quienes incumplan en una acción como esa, tengan responsabilidades civiles, penales y administrativas, según la índole que se dé”.


Asimismo, señaló que harán reuniones de trabajo con los efectivos de seguridad a nivel nacional, así como las organizaciones de transporte, “son padres de familia, hombres y mujeres que utilizan la bicicleta como un medio de transporte, para ir al trabajo o realizar sus diligencias, se debe de tener conciencia de ello”.

LEY PARA LA PROMOCIÓN DEL CICLISMO URBANO


El artículo 5 de la Ley para la Promoción del Ciclismo Urbano, establece:
Son derechos de las y los ciclistas urbanos, además de los establecidos en el ordenamiento jurídico:

  1. Utilizar libremente la bicicleta como medio de transporte en ciudades, poblaciones y asentamientos, con cumplimiento de las regulaciones en materia de tránsito terrestre.
  2. Ser respetados en su dignidad y en la práctica del ciclismo por los y las peatones, conductoras y conductores.
  3. Constituir movimientos sociales para la promoción y la práctica del ciclismo urbano.
  4. Disponer de la infraestructura pública adecuada en las ciudades, poblaciones y asentamientos para la práctica del ciclismo urbano, de conformidad con esta Ley.
  5. Que las conductoras y conductores de vehículos automotores respeten las áreas destinadas para los y las ciclistas.
  6. Participar en la formulación, ejecución y control de las políticas públicas dirigidas a la promoción del ciclismo urbano.
  7. Promover el uso de la bicicleta como medio de transporte saludable, carente de emisiones contaminantes, eficientes, económicas y democráticas

Mientras que el artículo 6 de la Ley para la Promoción del Ciclismo Urbano, indica:
Son deberes de las y los ciclistas urbanos, además de los establecidos en el ordenamiento jurídico:

  1. Circular por las ciclovías o espacios destinados para tal fin.
  2. Respetar a las y los peatones en la práctica del ciclismo urbano.
  3. Respetar las normas en materia de tránsito terrestre.
  4. Cumplir con las regulaciones previstas para su seguridad personal en la práctica del ciclismo urbano.
  5. Apoyar y participar en las políticas públicas y planes sociales sobre el ciclismo urbano.
  6. No conducir la bicicleta en aceras o espacios destinados para la circulación exclusiva de peatones.
  7. No circular la bicicleta sujetándose a otros vehículos en marcha, o efectuar maniobras bruscas, frenadas o derrapes que puedan poner en peligro la integridad física de la o el ciclista.

En cuanto al Artículo 8 se tiene establecido lo siguiente:
Las y los ciclistas deberán emplear cascos para la práctica del ciclismo urbano para proteger su vida e integridad personal, así como medidas para su protección durante la circulación en horarios nocturnos. Las niñas y niños que practiquen el ciclismo urbano deberán emplear adicionalmente rodilleras y coderas.
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre establecerá las medidas complementarias necesarias para proteger a quienes practiquen el ciclismo urbano. Las gobernaciones y alcaldías podrán establecer medidas de protección personal adicionales de carácter obligatorio que consideren necesario para determinadas actividades de ciclismo urbano.

En cuanto a los estancamientos de bicicletas, el artículo 12 establece:

Se deberán crear y mantener espacios para estacionar de forma segura las bicicletas en:

  1. Parques recreativos urbanos y plazas públicas.
  2. Centros de trabajo públicos y privados.
  3. Centros empresariales y comerciales.
  4. Centros educativos públicos y privados.
  5. Hospitales y centros médicos asistenciales
  6. Estaciones ferroviarias.

A tal efecto el área descrita en el presente artículo debe estar ubicada cercana o próxima a la entrada principal de los lugares señalados.

elsiglo