CNE ratifica que Actas de Nacimiento no tienen fecha de vencimiento

Las copias y certificaciones de las Actas de Nacimiento no tienen fecha de vencimiento y no requieren de su renovación para efectos de validez al momento de tramitar el documento de identidad, ratificó este sábado el Consejo Nacional Electoral (CNE).

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Foto: Referencial

A través de un comunicado a propósito del acompañamiento del CNE a la Jornada de Cedulación de Niños y Niñas de la Patria que se realiza en todo el país, el ente comicial, por medio de la Comisión Nacional de Registro Civil y Electoral, exhortó a los entes públicos e instituciones educativas a abstenerse de solicitar estos documentos con una determinada fecha de expedición.

El CNE recordó a la colectividad que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica del Registro Civil, las Copias y Certificaciones de las Actas asentadas en los libros de Registro Civil no tienen fecha de vencimiento, por lo cual solo es necesario que las mismas sean legibles y no tengan enmiendas y/o tachaduras que hagan difícil su lectura y comprensión.

En el texto, el órgano rector del Poder Electoral enfatizó que el Registro Civil es un servicio que garantiza el derecho a la identidad de los ciudadanos, según lo establecen el numeral 7 del artículo 293 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 22 de la Ley de Registro Civil, informó el Consejo Nacional Electoral en nota de prensa.

AVN