La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.413, dictado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, mediante el cual declara el Estado de Excepción de Alarma en todo el territorio nacional, con el fin de erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el covid-19.
Dicho decreto fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.610 Extraordinario del 31 de diciembre de 2020, conforme lo prevé el artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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Agrega también la sentencia N° 0002-2021 de la Sala Constitucional, en ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, que el referido decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Carta Magna, indica una nota de prensa.